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Homenaje a Adolfo Suárez González, I Duque de Suárez (G. E.) quien fuera el primer presidente del Reino de España luego de la dictadura, expiró el día de ayer a los 81 años de edad en la Clínica Cemtro de Madrid. Por su labor en la transición española y en la política de dicho país, S. M. le otorgo el día de hoy a título póstumo el Collar de la Orden de Carlos III.
Con el mero hecho de dar una regulación en las nuevas tierras y poner fin a las continuas reyertas y abusos, el Emperador Carlos V crea los virreinatos.
Aunque poco mencionado pero no por eso menos importante el primer virreinato creado en América estuvo bajo el mando de Almirante de la Mar Océano, Cristóbal Colón, después de las capitulaciones de Santa Fe, algunos de los privilegios concedidos a este señor fue la del Virreinato Colombino, efímero en su vida, duro hasta 1536. Los que se establecieron posteriormente, el Virreinato de Nueva España y el Virreinato del Perú, en 1535 y 1543 respectivamente, fueron los que perduraron en todo el periodo colonial.
La principal figura de esta dependencia, fue el Virrey, esta figura representaba al monarca en estas tierras, una especie de alter ego del soberano en las Indias. Durante sus primeras actuaciones el mandato del cargo era vitalicio, posteriormente se lo acorto a a tres año, y más tarde se extendería a un lustro.
Ahí que menciona que los virreinatos se dividían en demarcaciones regionales llamadas gobernaciones. Cada gobernación tenía a su cargo un territorio con un determinado número de poblaciones agrupadas bajo los corregimientos.
Desde el punto de vista de la administración de justicia el territorio se dividía en audiencias y según la burocracia militar en capitanías, localizadas en gobernaciones de cierta importancia. La Audiencia y la Gobernación de Filipinas dependieron del virreinato de Nueva España.
Las ciudades fueron desde el principio los centros neurálgicos de todas las divisiones administrativas y en ellas se sitúan las sedes de todos los organismos civiles, eclesiásticos y militares.
Cada ciudad era gobernada y administrada por una institución directamente importada de España: el cabildo. Entre los territorios del virreinato de Nueva España y las islas Filipinas se originó un fluido de ideas, personas y mercancías que crearon durante siglos un lazo de unión permanente de Asia con América.
La capital de esta figura era la metrópolis más fastuosa del administración colonial, una mera imitación de la corte del monarca, a su vez estos personaje sea auto-titulaban de clarísimo y excelentísimo.
En si la figura del virrey ya existía posteriormente, entre los más conocido podemos mencionar, el Virrey de Navarra, el Virrey de Nápoles, el Virrey de Cerdeña, el Virrey de Aragón, el Virrey de Galicia, entre otros. Portugal, la Gran Bretaña y Francia, también crearon esta institución.
El virrey como representante personal del Rey de España, es recibido en América con toda solemnidad, contaba con una guardia personal y eran recibidos con un palio, que era un privilegio del Rey y del santísimo sacramento.
En un primer momento para ser designado Virrey se debía provenir de la más alta nobleza española, esto se dio bajo la regencia de los Austria, mientras tanto bajo los borbones se prefirió a personas letradas de la nobleza o de la clase media, aunque de un virreinato a otro existían diferencias de quien ostentaba esta función.
Entre las atribuciones que fueron amplias y variadas podemos mencionar:
- Gobernador: la cual no es otra cosa que la administración del Virreinato.
- Capitán General: Su función primordial fue la de mandar al ejercito y la escuadra.
- Vicepatrono de la Iglesia: Función secundaria, el virrey desempeñaba un papel de lugarteniente del protector de la institución, el cual recaía en el soberano.
- Presidente del Tribunal de la Real Audiencia: Tenia la función de presidir el más alto tribunal judicial de apelación en las Indias.
- Superintendente de las Finanzas: Controlaba la percepción de los impuestos.
En algunos casos, dependiendo de la jurisdicción tenia el poder de nombrar ciudades con los títulos de "Muy Noble y Leal Ciudad de ...." Muy noble y muy leal, y decidida por la libertad, Ciudad de...." "Muy noble, muy leal, muy heroica, invicta y mariana Ciudad de..." etc..., de otorgar escudos de armas, etc...
Más allá de todas las atribuciones, muy pocas veces hacía uso de ellas, ya que no gozaban de tanta autoridad, como uno supondría, pues debían contar con la real audiencia, la cual podía hacerles observaciones hasta tres veces sucesivas sobre el mismo objeto, y, en caso de no ser odias, dirigirse al consejo de Indias, que resolvía definitivamente. No obstante su calidad de Vicepatrono de la Iglesia, el Virrey tenía en realidad escasísima influencia en los asuntos eclesiásticos, pues los monarcas se reservaron celosamente los nombramientos de Obispos y Curas.
En el trascurrir del tiempo los borbones vieron la necesidad de dividir el territorio con más virreinatos, para una mejor administración, es así que en 1717 se crea el Virreinato de Nueva Granada, Virreinato de Santafé o Virreinato del Nuevo Reino de Granada (el escudo de armas del virreinato fue heredado por la ciudad de Bogotá, actual capital de la República de Colombia, que lo conserva como su insignia) al noroeste de Sudamérica, y 1778 el Virreinato del Río de la Plata, al sur del continente.
Soberanía de Navarra: Anteproyecto de Constitución del Estado Nabarro, 2...: "Anteproyecto de Constitución del Estado Nabarro, 2005(II) TÍTULO I: Principios generales Artículo 13. La libertad personal es inviolable...."
Desarrollo y Defensa: Cuál es la paga por gobernar en América: "El periódico colombiano El Tiempo publicó el ránking de los salarios del continente. El estadounidense Barack Obama, el que más gana, multip..."



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miércoles, 17 de junio de 2015
Bicentenario de la Gobernación del Gral. Martín Miguel de Güemes
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lunes, 24 de marzo de 2014
Duque de Suárez, óbito del primer presidente del gobierno de la democracia española
![]() |
Grandes Armas del I Duque de Suárez |
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jueves, 7 de junio de 2012
Virreynatos: El Poderio Español en América S. XVI - S. XIX
![]() |
Plano geográfico del Virreinato y de Santafé de Bogotá por Franciso Moreno y Escandón y delineado por José Aparicio Morata, 1772. Archivo Nacional de Colombia, Bogotá |
Con el mero hecho de dar una regulación en las nuevas tierras y poner fin a las continuas reyertas y abusos, el Emperador Carlos V crea los virreinatos.
Aunque poco mencionado pero no por eso menos importante el primer virreinato creado en América estuvo bajo el mando de Almirante de la Mar Océano, Cristóbal Colón, después de las capitulaciones de Santa Fe, algunos de los privilegios concedidos a este señor fue la del Virreinato Colombino, efímero en su vida, duro hasta 1536. Los que se establecieron posteriormente, el Virreinato de Nueva España y el Virreinato del Perú, en 1535 y 1543 respectivamente, fueron los que perduraron en todo el periodo colonial.
La principal figura de esta dependencia, fue el Virrey, esta figura representaba al monarca en estas tierras, una especie de alter ego del soberano en las Indias. Durante sus primeras actuaciones el mandato del cargo era vitalicio, posteriormente se lo acorto a a tres año, y más tarde se extendería a un lustro.
Ahí que menciona que los virreinatos se dividían en demarcaciones regionales llamadas gobernaciones. Cada gobernación tenía a su cargo un territorio con un determinado número de poblaciones agrupadas bajo los corregimientos.
Desde el punto de vista de la administración de justicia el territorio se dividía en audiencias y según la burocracia militar en capitanías, localizadas en gobernaciones de cierta importancia. La Audiencia y la Gobernación de Filipinas dependieron del virreinato de Nueva España.
Las ciudades fueron desde el principio los centros neurálgicos de todas las divisiones administrativas y en ellas se sitúan las sedes de todos los organismos civiles, eclesiásticos y militares.
Cada ciudad era gobernada y administrada por una institución directamente importada de España: el cabildo. Entre los territorios del virreinato de Nueva España y las islas Filipinas se originó un fluido de ideas, personas y mercancías que crearon durante siglos un lazo de unión permanente de Asia con América.
La capital de esta figura era la metrópolis más fastuosa del administración colonial, una mera imitación de la corte del monarca, a su vez estos personaje sea auto-titulaban de clarísimo y excelentísimo.
En si la figura del virrey ya existía posteriormente, entre los más conocido podemos mencionar, el Virrey de Navarra, el Virrey de Nápoles, el Virrey de Cerdeña, el Virrey de Aragón, el Virrey de Galicia, entre otros. Portugal, la Gran Bretaña y Francia, también crearon esta institución.
El virrey como representante personal del Rey de España, es recibido en América con toda solemnidad, contaba con una guardia personal y eran recibidos con un palio, que era un privilegio del Rey y del santísimo sacramento.
En un primer momento para ser designado Virrey se debía provenir de la más alta nobleza española, esto se dio bajo la regencia de los Austria, mientras tanto bajo los borbones se prefirió a personas letradas de la nobleza o de la clase media, aunque de un virreinato a otro existían diferencias de quien ostentaba esta función.
Entre las atribuciones que fueron amplias y variadas podemos mencionar:
- Gobernador: la cual no es otra cosa que la administración del Virreinato.
- Capitán General: Su función primordial fue la de mandar al ejercito y la escuadra.
- Vicepatrono de la Iglesia: Función secundaria, el virrey desempeñaba un papel de lugarteniente del protector de la institución, el cual recaía en el soberano.
- Presidente del Tribunal de la Real Audiencia: Tenia la función de presidir el más alto tribunal judicial de apelación en las Indias.
- Superintendente de las Finanzas: Controlaba la percepción de los impuestos.
En algunos casos, dependiendo de la jurisdicción tenia el poder de nombrar ciudades con los títulos de "Muy Noble y Leal Ciudad de ...." Muy noble y muy leal, y decidida por la libertad, Ciudad de...." "Muy noble, muy leal, muy heroica, invicta y mariana Ciudad de..." etc..., de otorgar escudos de armas, etc...
Más allá de todas las atribuciones, muy pocas veces hacía uso de ellas, ya que no gozaban de tanta autoridad, como uno supondría, pues debían contar con la real audiencia, la cual podía hacerles observaciones hasta tres veces sucesivas sobre el mismo objeto, y, en caso de no ser odias, dirigirse al consejo de Indias, que resolvía definitivamente. No obstante su calidad de Vicepatrono de la Iglesia, el Virrey tenía en realidad escasísima influencia en los asuntos eclesiásticos, pues los monarcas se reservaron celosamente los nombramientos de Obispos y Curas.
En el trascurrir del tiempo los borbones vieron la necesidad de dividir el territorio con más virreinatos, para una mejor administración, es así que en 1717 se crea el Virreinato de Nueva Granada, Virreinato de Santafé o Virreinato del Nuevo Reino de Granada (el escudo de armas del virreinato fue heredado por la ciudad de Bogotá, actual capital de la República de Colombia, que lo conserva como su insignia) al noroeste de Sudamérica, y 1778 el Virreinato del Río de la Plata, al sur del continente.
jueves, 24 de mayo de 2012
Reglamento del 24 de mayo de 1810
En Actas Capitulares del Extinguido Cabildo de Buenos Aires, años 1810-1811 |
Lo primero: que continúe en el mando el Excmo. Señor Virrey D. Baltasar Hidalgo de Cisneros, asociado de los Señores el Dr. D. Juan Nepomuceno de Solá, cura Rector de la Parroquia de Nuestra Sra. de Monserrat de esta Ciudad, el Dr. D. Juan José Castelli abogado de la Real Audiencia Pretorial, D. Cornelio de Saavedra Comandante del Cuerpo de Patricios y D. José Santos de Inchaurregui de este vecindario y comercio, cuya Corporación o Junta ha de presidir el referido Señor Excelentísimo Virrey con voto en ella, conservando en lo demás su renta, y las altas prerrogativas de su Dignidad, mientras se erige la Junta General del Virreynato. Lo segundo: Que los Sres. que forman la precedente corporación comparezcan sin pérdida de momento en esta Sala Capitular a prestar juramento de usar bien y fielmente su cargo, conservar la integridad de esta parte de los dominios de América a Nuestro Amado Soberano el Señor D. Fernando Séptimo, y sus legítimos sucesores y observar puntualmente las leyes del Reino. Lo tercero: Que luego que los referidos señores presten el juramento sean reconocidos por depositarios de la autoridad Superior del Virreynato por todas las corporaciones de esta Capital y su Vecindario respetando y obedeciendo todas sus disposiciones bajo las penas que imponen Tas leyes a los contraventores; todo hasta la congregación de la Junta General del Virreynato. Lo cuarto: Que faltando alguno de los referidos señores que han de componer la Junta de esta Capital por muerte, ausencia o enfermedad grave, se reserva este Cabildo nombrar ~ que habrá de integrarla. Lo quinto: Que aunque se halla plenísimamente satisfecho de la honrosa conducta y buen procedimiento de los señores mencionados, sin embargo para satisfacción del pueblo, se reserva también estar muy a la mira de sus operaciones, y caso no esperado, que faltasen a sus deberes, proceder a la deposición, reasumiendo para este solo caso, la autoridad que le ha conferido el pueblo. Lo sexto: Que los referidos señores inmediatamente después de recibidos en sus empleos, publiquen una general amnistía de todos los sucesos ocurridos el día veinte y dos en orden a opiniones sobre la estabilidad del Gobierno; y para mayor seguridad, este Excelentísimo Cabildo toma desde ahora bajo su protección a todos los vocales que han concurrido al Congreso General, ofreciendo que contra ninguno de ellos se procederá directa o indirectamente por sus opiniones cualesquiera que hayan sido. Lo séptimo: Que con el mismo objeto de consultar la seguridad pública quedarán excluidos los referidos señores que componen la Junta Provisional, de ejercer el Poder Judiciario, el cual se refundirá en la Real Audiencia, a quien se pasarán todas las causas contenciosas que no sean del Gobierno. Lo octavo: Que esta misma Junta ha de publicar todos los días primero del mes un estado en que se de razón de la administración de la Real Hacienda. Lo nono: Que no pueda imponer pensiones, pechos, ni contribuciones, sin previa consulta de este Excelentísimo Cabildo. Lo dédico: Que no se obedezca ninguna orden o providencia del Excelentísimo Señor Virrey. sin que vaya rubricada de todos los demás individuos que deben componer la Junta. Lo undécimo: Que los referidos señores despachen sin pérdida de tiempo órdenes circulares a los jefes de lo interior y demás a quienes corresponda encargándoles y muy estrechamente y bajo responsabilidad, hagan que los respectivos Cabildos de cada uno, convoquen por medio de esquelas la parte principal y más sana del Vecindario, para que formado el Congreso de solos los que en aquella forma hubiesen sido llamados, elijan su representante, y estos hayan de reunirse a la mayor brevedad en esta Capital para establecer la forma de gobierno que se considere más conveniente. Lo duodécimo: Que elegido así el representante de cada Ciudad o Villa, tanto los electores como los individuos capitulares le otorguen poder en publica forma, que deberán manifestar cuando concurran a esta Capital a fin de que se verifique su constancia, jurando en dicho poder no reconocer otro soberano que el Señor Don Fernando Séptimo, y sus legítimos sucesores, según el orden establecido por las leyes y estar subordinado al gobierno que legítimamente les represente. Lo décimotercio: que cada uno de los Señores de la Junta tengan el tratamiento de Excelencia, reservándose a la prudencia de ella misma, la designación de los honores que se les hayan de hacer, y distinciones que deban usar. Fuente: El Historiador |
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viernes, 25 de noviembre de 2011
La vida, la vida I
El
Doctor Lejeune ha sido un extraordinario médico francés, considerado
mundialmente como uno de los mayores genetistas de toda la historia. Hace unos
veinte años el senado de Francia discutía el tema del aborto y él fue invitado
especialmente. Una de las opiniones en el recinto –fuertemente arraigada– era
la que sostenía que hay embarazos que deben ser interrumpidos cuando los antecedentes
o el pronóstico parecen irreversiblemente malos. Cuando se le otorgó la palabra
al doctor Lejeune, dijo que les plantearía un caso. Este fue:
“Tenemos a un matrimonio en el cual
el marido es sifilítico terciario, incurable y, además, decididamente alcohólico.
La mujer es desnutrida y sufre de tuberculosis avanzada. El primer hijo de esta
pareja muere al nacer. El segundo sobrevive, pero con serios defectos congénitos.
Al tercer hijo le ocurre lo mismo y se le suma el hecho de ser infradotado
mentalmente. La mujer queda embarazada por cuarta vez. ¿Qué aconsejan ustedes
en un caso así?”. Un senador del bloque socialista dice, sin dudarlo, que la
única solución para evitar males mayores es un aborto terapéutico inmediato.
Lejeune deja fluir una pausa, baja la cabeza por un segundo en medio del silencio, vuelve a alzarla y se dirige a todos: “Señores
senadores de la Francia: pónganse de pie por que este caballero acaba de matar
a Ludwig van Beethoven”.
Sueiro,Víctor – El Ángel, un amigo del alma – pág.258
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jueves, 8 de septiembre de 2011
Un paso más para que se dicte medicina en Salta
La
provincia trabaja en un proyecto a mediano plazo que, en una primera etapa,
comenzará con la capacitación a profesionales médicos, quienes se constituirán
en los futuros formadores de la carrera, a través de maestrías y postgrados.
Par dar los primeros pasos, el ministro de Salud Pública, Gabriel Chagra Dib, se reunió el viernes con el decano de la Facultad de Medicina, Mateo Martínez, para avanzar en la propuesta de incorporar la carrera de Medicina en Salta y como coloraría de esa reunión se avanzó en la constitución de futuros convenios que se suscribirán en septiembre próximo entre la Provincia y la Universidad para que se comience a capacitar a quienes serán los capacitadores o formadores de la futura carrera universitaria”.
“En nuestra provincia hay una necesidad importante de profesionales médicos, especialmente en el interior. Salta posee actualmente la infraestructura, la cantidad poblacional y las instituciones sanitarias necesarias como para desarrollar el proyecto”, dijo Chagra Dib.
El decano de la Facultad de Medicina, Mateo Martínez, destacó la importancia de este proyecto si se tiene en cuenta que “profesionales para curar hay muchos, pero médicos que quieran trabajar en el cuidado de la salud y en la prevención de las enfermedades, pocos. A ellos aspiramos y necesitamos formar”.
Chagra Dib se refirió a la importancia de la estrategia de Atención Primaria de la Salud que caracteriza y distingue el sistema de salud de la provincia, destinado a promover hábitos saludables y prevenir enfermedades. “Necesitamos más profesionales médicos que trabajen en la prevención de las enfermedades, que se comprometan con nuestro sistema de salud y que refuercen especialmente el cuidado de la salud en nuestras comunidades del interior”, puntualizo.
Par dar los primeros pasos, el ministro de Salud Pública, Gabriel Chagra Dib, se reunió el viernes con el decano de la Facultad de Medicina, Mateo Martínez, para avanzar en la propuesta de incorporar la carrera de Medicina en Salta y como coloraría de esa reunión se avanzó en la constitución de futuros convenios que se suscribirán en septiembre próximo entre la Provincia y la Universidad para que se comience a capacitar a quienes serán los capacitadores o formadores de la futura carrera universitaria”.
“En nuestra provincia hay una necesidad importante de profesionales médicos, especialmente en el interior. Salta posee actualmente la infraestructura, la cantidad poblacional y las instituciones sanitarias necesarias como para desarrollar el proyecto”, dijo Chagra Dib.
El decano de la Facultad de Medicina, Mateo Martínez, destacó la importancia de este proyecto si se tiene en cuenta que “profesionales para curar hay muchos, pero médicos que quieran trabajar en el cuidado de la salud y en la prevención de las enfermedades, pocos. A ellos aspiramos y necesitamos formar”.
Chagra Dib se refirió a la importancia de la estrategia de Atención Primaria de la Salud que caracteriza y distingue el sistema de salud de la provincia, destinado a promover hábitos saludables y prevenir enfermedades. “Necesitamos más profesionales médicos que trabajen en la prevención de las enfermedades, que se comprometan con nuestro sistema de salud y que refuercen especialmente el cuidado de la salud en nuestras comunidades del interior”, puntualizo.
Fuente:
Tartagal Noticias
sábado, 22 de enero de 2011
Anteproyecto de Constitución del Estado Nabarro, 2...
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